La justicia porteña ordenó al registro civil que los case. Macri no apelará y el lunes pedirán turno para la boda
En una resolución sin precedentes en toda América Latina, una jueza declaró inconstitucionales los artículos del Código Civil que impiden el casamiento entre homosexuales.
Por Bruno Bimbi
Luego del boicot kirchnerista al plenario de comisiones de diputados que debían tratar el matrimonio gay, la jueza Gabriela Seijas, titular del Juzgado de Instrucción Nº 15 en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 172 y 188 del Código Civil y ordenó al Registro Civil que celebre el matrimonio de Alex Freyre y José María Di Bello. La pareja había ido a Tribunales en abril, luego de que el Registro Civil les negara turno para casarse. “Vamos a llegar hasta las últimas instancias para que se cumpla con la Constitución”, dijo Freyre a Crítica de la Argentina en aquella oportunidad.
La decisión de la jueza Seijas creó una situación política inédita. La ciudad tiene cinco días para acatar o apelar el fallo y fuentes de primera línea del gobierno porteño aseguraron a este diario que la decisión del jefe de Gobierno es no apelarlo. Hoy mismo, Mauricio Macri anunciará por Facebook su apoyo al matrimonio gay.
El fallo cita el artículo 16 de la Constitución Nacional, que establece el principio de igualdad ante la ley, y responde al argumento del Registro Civil, que había sostenido que “el principio de igualdad no requiere tratar a todos de igual manera, sino sólo a los iguales”. La jueza recuerda que ese criterio fue usado en un fallo de 1929 para justificar la prohibición del voto femenino, argumentando que había diferencias “naturales” entre hombres y mujeres. “El derecho a la igualdad supone previamente el derecho a ser quien se es”, agrega.
Uno de los aspectos centrales del fallo es la incorporación de la “doctrina de la categoría sospechosa”, aceptada por la Corte Suprema, que establece que cuando una norma excluye del goce de un derecho o del acceso a un beneficio a una categoría entera de personas –en este caso, gays y lesbianas–, se sospecha su inconstitucionalidad y el Estado debe probar bajo estrictos estándares que el empleo de tal clasificación es imprescindible para el cumplimiento de un fin legítimo que no puede alcanzarse por otro medio. La jueza indica que el Registro no pudo probar que la exclusión de los homosexuales en el acceso al matrimonio pasara el examen de constitucionalidad y lo compara con otros antecedentes: la legislación nazi que impedía el matrimonio “entre judíos y súbditos de sangre alemana o asimilables” y la legislación norteamericana que, hasta el fallo “Loving vs. Virginia”, en 1967, prohibía los matrimonios interraciales. Seijas cita parte de una sentencia judicial de 1966 que había avalado esa prohibición argumentando que “Dios Todopoderoso creó las razas blanca, negra, amarilla, malaya y roja, y las colocó en continentes separados. El hecho de que Él separase las razas demuestra que Él no tenía la intención de que las razas se mezclasen”.
A continuación, la jueza repasa la historia del matrimonio en la Argentina, detallando las reformas que, desde el siglo XIX, fueron incorporando sectores antes excluidos, igualando a la mujer en relación con el varón o derogando normas otrora incuestionables, como la indisolubilidad del vínculo, y recuerda que, en cada caso, los argumentos contrarios sostenían que había una ley natural que lo impedía. Rechaza también los discursos religiosos contra el matrimonio gay sosteniendo que “no hay duda de que los sentimientos religiosos de algunos no pueden ser una guía para delimitar los derechos constitucionales de otros. Los poderes del Estado no pueden ser llamados a interpretar textos religiosos o a tomar partido en la valoración que ellos hagan de la homosexualidad”.
Por último, el fallo analiza las distintas formas de discriminación, estigmatización y violencia que sufren los y las homosexuales y repasa la evolución histórica del reconocimiento de sus derechos, incluyendo referencias a los países y estados que ya han legalizado el matrimonio gay. Llegado ese punto, hace una fuerte distinción entre la igualdad plena que significa el matrimonio y la alternativa de la “unión civil”, afirmando que los regímenes separados son “una forma de camuflar el repudio hacia grupos excluidos” y que negar el acceso al matrimonio “sugiere que el compromiso y los sentimientos de los actores es inferior y no es merecedor de los derechos que el marco normativo garantiza a todos por igual”.
“Estaba llegando a casa cuando me sonó el celular. Alex me preguntó si estaba sentado y me dijo que ponga sonrisa de hombre casado. Cuando lo escuché, entendí todo y me puse a llorar”, cuenta José María. A su lado, Alex dice que la Justicia, con este fallo, “le está marcando una agenda al Congreso. Hay que cambiar la ley para que todas las parejas se puedan casar”.
–¿Qué opinás de la decisión de los diputados kirchneristas de no asistir a la reunión de las comisiones del martes e impedir el dictamen en la ley de matrimonio gay?
–Esa decisión está contaminada por la visita de Cristina al Vaticano. La Presidenta cambió nuestros derechos por una foto con el Papa. Pero yo espero que la semana que viene recapaciten. ¡Que sean peronistas, si fue Perón el que separó a la Iglesia del Estado! Sabemos que hay muchos diputados oficialistas que están de acuerdo y eso hace que su cobardía sea doblemente vergonzosa. Que vayan a la reunión y digan lo que piensan o no podrán mirarnos más a la cara.
Otros casos en lista de espera
El recurso de amparo presentado por Alex y José María fue el cuarto en el país y forma parte de una campaña nacional de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans por el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo, realizada con la consigna “Los mismos derechos, con los mismos nombres”.
El 14 de febrero de 2007, María Rachid y Claudia Castro presentaron el primero, que ya está a consideración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que debería fallar en los próximos meses. Las siguieron Alejandro Vanneli y Ernesto Larrese, en Buenos Aires, y luego Martín Scioli y Oscar Marvich, en Rosario. A diferencia de Canadá y Estados Unidos, cada fallo, en la Argentina, se aplicará al caso particular.
El camino judicial en Canadá y Estados Unidos
El matrimonio gay no llegó del mismo modo en los países donde fue aprobado. Holanda fue el primero en legalizarlo, en 2001, y lo siguió Bélgica, en 2003, en ambos casos por decisión del Parlamento. Pero en Ontario, Canadá, se abrió otro camino.
La Corte de Apelaciones de esa provincia, en junio de 2003, y la de Columbia Británica, un mes después, determinaron en un fallo que la tradicional definición del matrimonio como la unión entre personas de diferente sexo constituía “una injustificable discriminación basada en la orientación sexual”. En marzo de 2004 se sumó a la lista Quebec y, en efecto dominó, los jueces comenzaron a legalizar las bodas gay en diferentes lugares del país. El sistema federal canadiense permitió que se abrieran puertas en cada vez más estados y las parejas homosexuales debían mudarse para festejar su boda. En 2005, el matrimonio gay era legal en casi todo Canadá y el gobierno pidió a la Corte una definición. Los jueces supremos respondieron que las bodas gay eran constitucionales y, en julio de 2005, el Congreso extendió la legalidad de los matrimonios gay a todo el país.
El camino abierto en Canadá fue replicado en los Estados Unidos. En noviembre de 2003, la Corte Suprema de Massachusetts le dio seis meses al Legislativo para cambiar la ley de matrimonio, estableciendo que si no lo hacía –como ocurrió– la bodas gay serían legales automáticamente. El 17 de mayo de 2004, al vencer el plazo, mil parejas del mismo sexo se casaron en apenas un día. Siguió Connecticut, donde el Tribunal Supremo falló en octubre de 2008. En Iowa la Corte falló en abril de 2009, pero antes, el 30 de agosto de 2007, el matrimonio gay fue legal por un día en una ciudad y una pareja llegó a casarse antes de que la sentencia fuera revocada. Recién en 2009 un estado norteamericano aprobó el matrimonio gay sin intervención de la justicia: Vermont. Pero la batalla legal más dura fue en California. Comenzó con un fallo a favor del Tribunal Supremo, en mayo de 2008; 18 mil parejas de gays y lesbianas lograron casarse antes de que grupos conservadores impulsaran un plebiscito en el que por 52,2% contra 47,8% se impuso el No al matrimonio gay. Ya se está promoviendo otra consulta popular.
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Publicado por Crítica Digital el 13 de Noviembre de 2009
http://www.criticadigital.com.ar/impresa/index.php?secc=nota&nid=33871
Artículos relacionados en otros diarios:
http://www.26noticias.com.ar/justicia-portena-autorizo-casamiento-de-pareja-gay-99378.html
Justicia porteña autorizó casamiento de pareja gay
La magistrada interviniente reconoció en su fallo "el amor y la admiración mutua" que manifestaron Alejandro Freyre y José María Di Bello, quienes iniciaron el recurso de amparo, y reseñó una gran cantidad de doctrina y jurisprudencia para apoyar su decisión.
http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1198712
Una jueza ordenó al Registro Civil que case a dos hombres
Por primera vez, una magistrada hizo lugar a un amparo interpuesto por una pareja en la ciudad; el proyecto que propone aceptar unión de dos personas del mismo sexo aguarda a ser debatida en Diputados
http://www.infobae.com/general/483886-101275-0-La-Justicia-la-Ciudad-fall%C3%B3-favor-del-matrimonio-homosexual
La Justicia de la Ciudad falló a favor del matrimonio homosexual
En momentos en que el Congreso discute la reforma al Código Civil para permitir las uniones entre personas del mismo sexo, un tribunal porteño declaró la inconstitucionalidad de sus artículos 172 y 188, y ordenó al Registro Civil que case a una pareja de hombres
http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-135233.html
Un pedido al Registro
El lunes próximo, Alex Freyre y José María Di Bello irán al Registro Civil para pedir, por segunda vez, un turno para casarse. En esta ocasión, como dice la titular de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (Falgbt), María Rachid: “Irán al Registro con el fallo de la Justicia bajo el brazo, el mismo fallo que ordena celebrar el matrimonio de ellos”.
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