Comunicado de la Comunión de las Iglesias de la Reforma
El documento se refiere a la "Ley de libertad e igualdad religiosa" y ha sido emitido el día 28 de Septiembre por el conjunto de las siguientes Iglesias: Consejo Interparroquial de las Iglesias Luterano - Danesas en la República Argentina, Iglesia Evangélica del Río de la Plata, Iglesia Evangélica Luterana Unida, Iglesia Evangélica Valdense del Río de la Plata, Iglesias Reformadas en la Argentina.
Comunión de las Iglesias de la Reforma
Iglesias signatarias de la Concordia de Leuenberg
Sobre el debate en el Congreso de la Nación en relación con la “Ley de libertad e igualdad religiosa" (Expediente Nº 1749-D-2010 y Tramite Parlamentario 028 [07/04/2010]).
Los representantes de la “Comunión de Iglesias de la Reforma en el Río de la Plata ” (CIR), reunidos durante el día miércoles 22 de setiembre para deliberar, entre otros asuntos, sobre el debate que en estos momentos está tomando forma al interior del parlamento de la República Argentina en relación con el proyecto de Ley así denominado de “libertad e igualdad Religiosa”, promovido por la diputada Cynthia Hotton, queremos manifestar cuanto sigue:
a) Nos solidarizamos con el Comunicado de nuestra Federación Argentina de Iglesias Evangélicas (FAIE) de fecha 29 de agosto pasado. En particular, con la afirmación que reza: “somos conscientes de la diferencia entre [aquellos] derechos a los que no renunciamos y los privilegios que no buscamos” a la hora de tener que debatir respecto de una ley en relación con la libertad e igualdad garantizadas por la Constitución Nacional desde la perspectiva de la actividad religiosa en el país.
b) Que, si bien el art. 2 de la Constitución Nacional garantiza y compromete al Estado a sostener el culto Católico Apostólico Romano, queremos señalar que con la misma certeza la Carta Magna encomienda al Parlamento: “Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos” (cf. Art. 75, inciso 23 de la Constitución Nacional ).
c) Reiteramos aquí lo manifestado en una carta del 11 de abril de 2006 que dirigiéramos al Sr. Subsecretario de Culto de entonces, donde decíamos que “seguimos sin entender por qué debe exceptuarse a la Iglesia Católico Romana en los alcances de una nueva normativa en este campo y por qué no se puede reconocer, desde el derecho, la personalidad jurídica religiosa de los diversos credos de una manera inclusiva. Especialmente donde las diferencias puedan tener lugar y convivir mutuamente en el marco de un Estado democrático que las reconozca y valore como medios por los cuales la sociedad argentina esté en condiciones de crear y recrear sus relaciones de sentido desde la especificidad de sus creencias en el marco de una estricta libertad de conciencia.”
d) Por lo manifestado y a la luz de lo que su mismo texto establece, sostenemos que el proyecto de Ley de libertad e igualdad religiosa en debate dentro del Congreso Nacional, lejos de garantizar la libertad e igualdad dentro del objeto sobre el que pretende legislar, consagra más desigualdad y menos libertad en el real ejercicio de la libertad de conciencia, opinión y práctica religiosa.
e) Ahora y si bien la libertad ha sido lo suficientemente garantizada en nuestro país, nos preocupa que ello ha sido así por un principio más bien basado en la tolerancia que en el de un estricto sentido de libertad en el marco de la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, sean estos practicantes de religión alguna ó no.
Por lo dicho, afirmamos que:
f) Transcurridos tantos años de la recuperación del Estado democrático, nos preocupa que el parlamento argentino no haya derogado la Ley de Cultos (Ley N° 21.745) aún vigente, sancionada por la última dictadura militar. Al respecto, abogamos por su pronta y urgente derogación.
g) La sociedad argentina, luego de la reforma constitucional del año 1994, al consagrar los derechos humanos, primero y los políticos, económicos, sociales y culturales, después junto con los tratados internacionales vinculantes como norma interna, ha iniciado un camino orientado a brindar y asegurar las necesarias garantías respecto de las libertades públicas que tornan indispensable la sabia y prudente separación del Estado de cualquier tipo de tutelaje, inclusive el religioso.
h) Por todo ello, se hace necesario abrir un debate en consecuencia para garantizar de este modo todas las libertades consagradas por un Estado laico y democrático, donde la religión sea sólo una de las tantas formas de expresión que tiene la conciencia humana para construir la realidad, basada en el respeto al prójimo e inspirada en un estricto sentido de justicia a lo diverso que toda cultura en sí misma alberga.
Firmamos la presente:
Consejo Interparroquial de las Iglesias Luterano - Danesas en la República Argentina
Pastor Andrés Albertsen
Iglesia Evangélica del Río de la Plata
Pastor Federico H. Schäfer, Presidente
Pastor Juan Abelardo Schvindt, Secretario General
Iglesia Evangélica Luterana Unida
Pastor Alan Eldrid, Presidente
Sr. Alejandro Muruzetta, Tesorero
Iglesia Evangélica Valdense del Río de la Plata
Pastor Marcelo Nicolau, Moderador
Iglesias Reformadas en la Argentina
Gerardo Oberman, Presidente
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