EL MINISTERIO DE SALUD EMITIRA UNA GUIA PARA QUE LOS MEDICOS SEPAN COMO ATENDER LOS CASOS DE ABORTOS NO PUNIBLES
Tras los casos que terminaron en la Justicia, la cartera de Salud actualizará la guía redactada en la gestión de González García y le dará rango de resolución ministerial.
Por Mariana Carbajal
La coordinadora del Programa Nacional Salud Sexual y Procreación Responsable, Paula Ferro, anunció ayer que tendrá rango de resolución ministerial la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles, elaborada durante la gestión del ex ministro Ginés González García, que apunta a evitar la judicialización de esos casos y eliminar otras trabas arbitrarias que con frecuencia deben enfrentar las mujeres que reclaman la interrupción de un embarazo amparadas en los permisos previstos en el Código Penal. “La estamos actualizando”, señaló la funcionaria y precisó que se imprimirá y en abril comenzará a distribuirse. También indicó que se encargará de promover que las distintas provincias la adopten como normativa, como ya hizo Santa Fe por iniciativa de su gobernador, Hermes Binner. Y precisó que Mario Das Neves, de Chubut, ya recibió una copia y que en esa provincia están trabajando en la redacción de una reglamentación local. Además, Ferro se manifestó a favor de que se abra la discusión en el Congreso por la despenalización y legalización del aborto. “Es un debate que debe dar la sociedad”, afirmó.
Ferro se refirió al tema en el marco de la presentación del libro Situación de la población en la Argentina, un estudio de más de doscientas páginas publicado por el Fondo de Población de las Naciones Unidas, que recopila la última información disponible en el país sobre salud sexual y reproductiva, la epidemia del VIH/sida, el envejecimiento demográfico, las estructuras familiares actuales, mortalidad materna e infantil, adolescencia y migraciones, entre otros temas (ver aparte).
La Guía Técnica que, según adelantó Ferro, promoverá el Ministerio de Salud como política pública, aclara que el aborto es legal en cuatro circunstancias, de acuerdo con el artículo 86 del Código Penal, es decir, realiza una interpretación amplia de los permisos:
- En casos de peligro para la vida de la mujer.
- En los casos de peligro para la salud de la mujer.
- Cuando el embarazo sea producto de una violación.
- Cuando el embarazo sea producto del atentado al pudor sobre mujer idiota o demente. En este caso el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.
El documento provee el marco jurídico para que los médicos se sientan respaldados en sus prácticas. Frente a un pedido de un aborto no punible (ANP), advierte, no deben expedirse ni comités de bioética ni autoridades sanitarias. La práctica se debe llevar adelante en un plazo máximo de cinco días a partir de su requerimiento, en caso contrario podrán ser pasibles los médicos de una denuncia por incumplimiento de sus deberes de funcionario público o de una sanción administrativa. “A las mujeres que soliciten o requieran un ANP se les garantiza una atención ágil e inmediata. Las instituciones en las cuales se practiquen deberán prestar toda la colaboración necesaria para que el ANP pueda ser brindado lo más pronto posible y se prohíbe en todo caso la imposición por parte de las instituciones o sus empleados de requisitos adicionales o innecesarios”, advierte el manual, de unas cincuenta páginas en las que, además, se actualizan y ponen al alcance de los profesionales de la salud los procedimientos clínicos y quirúrgicos recomendados por la OMS para la interrupción de un embarazo, incluido el aborto con medicamentos. La guía propone cómo iniciar la consulta, cómo brindar contención a la mujer y cómo tratar el dolor, entre otros aspectos. La atención de un ANP –establece– debe terminar siempre con consejería en anticoncepción y la adopción de parte de la mujer de algún método para evitar embarazos no deseados.
La guía estuvo cajoneada en los últimos dos años en el propio Ministerio de Salud. En realidad, nunca llegó a tener respaldo político, una vez que González García dejó la cartera. Fue redactada por un equipo interdisciplinario de profesionales encabezado por la médica e investigadora del Conicet y Cedes Mariana Romero, con el apoyo de la OPS y la OMS. Médicos, sanitaristas, juristas y psicólogos revisaron el texto. Pero una vez terminada, hacia el final de la gestión del ex ministro –hoy embajador en Chile– no adquirió el status de resolución ministerial ni tampoco se consensuó su aprobación en el marco del Consejo Federal de Salud, que integran los ministros de cada provincia.
A partir de los recientes casos de aborto no punible de Comodoro Rivadavia, Ferro, que asumió en noviembre al frente del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, la reflotó y se planteó el objetivo de difundirla.
El manual advierte que “el profesional de la salud debe actuar con imparcialidad evitando que aspectos sociales, culturales, religiosos, morales u otros interfieran en la relación con la mujer” y que “debe respetarse el derecho de la mujer de decidir sobre las cuestiones relacionadas con su cuerpo, su salud y su vida".
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Publicado por Página 12 el 24 de Marzo de 2010
http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-142572.html
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