sábado, 12 de septiembre de 2009

DECLARACIÓN DE LEGISLADORAS URUGUAYAS SOBRE RECOMENDACIONES DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL

DECLARACIÓN DE LEGISLADORAS SOBRE LAS RECIENTES RECOMENDACIONES DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL DEL URUGUAY PARA CONTRATACIÓN DE PERSONAL EN LOS CENTROS EDUCATIVOS CATÓLICOS

Las legisladoras abajo firmantes expresamos nuestra preocupación ante los criterios discriminatorios que, según medios de prensa, se recomiendan por parte de la Conferencia Episcopal del Uruguay para contratar personal en los centros educativos de orientación católica.

Si bien hemos discrepado con la intromisión en la vida privada de las personas en cuanto al ejercicio de su sexualidad, reconocemos que desde hace algunos cientos de años la Iglesia como institución viene defendiendo la práctica de la heterosexualidad como la única forma de vivirla.

Ese ejercicio de la heterosexualidad se la niega a quienes expresan sus votos como religiosos, lo que muchas veces ha provocado que el sexo se practique en forma hipócrita por parte de monjas y sacerdotes, la de las veces homosexualmente.

La preocupación de nuestros obispos debería estar centrada en que los y las docentes no ejercieran acoso sexual a sus alumnos o alumnas, recomendación que no sabemos si se realiza en este manual. Y que estuvieran atentos a los signos de violencia (incluida la sexual) que muchas veces sufren los niños, niñas o adolescentes por parte de sus propios progenitores.

La forma de vivir la sexualidad no puede ser un motivo para discriminar a los docentes porque está expresamente prohibida por nuestra Carta Magna y las leyes que rigen en el país al que pertenece la CEU. El principio de no discriminación de las personas, cualquiera sea su origen, condición, preferencia, opinión, creencia, etc., se expresa en los artículos 72 y 223 de nuestra Constitución confiriendo esta jerarquía a todos los derechos inherentes a la personalidad humana. El artículo 149 bis y ter del Código Penal, modificados por la ley 17.677 de 2003, penalizan toda forma de discriminación por origen étnico, color de piel, religión u orientación sexual. Asimismo, la nueva ley de Educación 18.437 de diciembre de 2008, incluye entre sus líneas transversales, aplicables a todo el sistema educativo, la educación y formación en derechos humanos, incluyendo entre estos, como lo dispone toda la normativa internacional, la no discriminación en función de la orientación sexual.

Susana Dalmás
Senadora

Margarita Percovich
Senadora

Mónica Xavier
Senadora

Daisy Tourné
Diputada

Gloria Benítez
Diputada

Nora Gauthier
Diputada

Daniela Payssé
Diputada

Damos difusión a una declaración de legisladoras frenteamplistas varias sobre las recomendaciones recientes de la Conferencia Episcopal del Uruguay para contratar personal en los centros educativos de orientación católica.

Solicitamos le den la más amplia difusión posible.

Atentamente, <<09-09-08>>
Despacho de la Senadora Margarita Percovich
Palacio Legislativo - Avda. de las Leyes s/n
Telefax: 924 7645 - 203 6099
mpercovich@parlamento.gub.uy
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